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Tu Voucher, Tu Boleta

Hoy el pago de tu compra por medios electrónicos tiene validez como boleta, no así la transferencia bancaria electrónica.

El SII (Servicio de Impuestos Internos) nos invita a dejar en claro que este documento es una boleta.

El comprobante de pago electrónico o voucher de una transacción con tarjeta de crédito o débito tiene valor como boleta en todos los comercios que emiten boletas de ventas y servicios en papel.

Información Cliente Final

Si el cliente final adquiere un bien o servicio y realiza el pago a través de tarjetas de crédito o débito, el comprobante de pago de la transacción o voucher (que entrega la máquina de pago o POS, o Ventas por Internet), reemplazará y tomará el valor de la boleta, en el caso que el establecimiento emita sus boletas en papel.

El comprador o cliente final deberá seguir solicitando la boleta en los siguientes casos:

  • Si el establecimiento emite boletas electrónicas de ventas y servicios.
  • Si el establecimiento opera con Máquinas Registradoras, Terminales de Puntos de Ventas, Impresoras Fiscales u otro dispositivo similar, autorizados por el SII para emitir vales en reemplazo de boletas, de acuerdo a normas particulares.
  • Si el establecimiento opera con Vales Electrónicos.
  • Si se realiza el pago en efectivo.

Información para el Comercio

En el caso que el comercio opere con máquinas de pago electrónicos, es decir, reciba pagos con tarjetas de crédito o débito, no deberá emitir boletas de ventas y servicios en papel a los consumidores que paguen utilizando esos sistemas de pago, ya que el comprobante de la transacción electrónica o voucher reemplaza a la boleta manual.

El comercio deberá seguir emitiendo los siguientes documentos en caso que:

  • Use boletas de ventas y servicios electrónicas.
  • Si opera con Máquinas Registradoras, Terminales de Puntos de Ventas, Impresoras Fiscales u otro dispositivo similar, autorizados por el SII para emitir vales en reemplazo de boletas, de acuerdo a normas particulares.
  • Si el cliente final o comprador realiza el pago en efectivo.
  • Si el establecimiento opera con Vales Electrónicos.

Administrador u Operador de Medios de Pagos Electrónicos

El Administrador u operador de medios de pago electrónicos corresponde a la empresa que administra información y opera principalmente con tarjetas de crédito y débito, ya sean en los establecimientos como en las ventas por internet (no presenciales).

Obligaciones para los Administradores de pagos electrónicos:

Ajustar los formatos y contenidos de los comprobantes de pago electrónicos o voucher emitidos por sus máquinas de pago electrónicos, de tal forma que contengan la información necesaria para identificar a su emisor. Esta obligación debe ser cumplida a más tardar en diciembre de 2019. (Ver Resoluciones)

Enviar un resumen diario de la información de transacciones realizadas por los contribuyentes comercios, según el formato adjunto, garantizando el anonimato de toda información sobre los consumidores finales.

 

Si quieres saber más visita: https://www.sii.cl/destacados/ticketporboleta/index.html

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